En España, el sistema de deducciones fiscales por Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT) es uno de los más favorables del mundo. Estas deducciones ofrecen incentivos significativos para las empresas que realizan actividades de I+D e IT, fomentando así la inversión en conocimiento, desarrollo y mejora tecnológica. A continuación, exploraremos los beneficios clave y las leyes aplicables:
Deducción en el Impuesto de Sociedades:
Las empresas que llevan a cabo proyectos de I+D e IT pueden beneficiarse de una deducción en el Impuesto de Sociedades. Esto les permite reducir su carga fiscal en función de los gastos incurridos en estas actividades.
La deducción puede alcanzar hasta un 42% de los gastos directos, lo que representa un incentivo significativo para la inversión en innovación.
Efectos Económicos Equiparables a las Subvenciones:
A diferencia de las subvenciones, las deducciones fiscales no tributan. Esto significa que las empresas pueden obtener beneficios económicos similares sin necesidad de devolver fondos o cumplir con requisitos específicos de subvención.
Criterios para Calificar como I+D e IT:
- I+D: Se consideran actividades de I+D aquellas que cumplen con criterios como la novedad, la incertidumbre científica o tecnológica, la metodología científica o tecnológica y la generación de resultados tangibles.
- Innovación Tecnológica: Se refiere a la aplicación exitosa de nuevos conocimientos o tecnologías para crear productos, servicios o procesos mejorados.
Base de la Deducción:
- La base de la deducción se calcula sobre los gastos efectuados en I+D e IT.
- Los porcentajes de deducción aplicables son del 25% para I+D y del 12% para innovación tecnológica.
Inversiones Afectas Exclusivamente a I+D:
Las inversiones que se destinan exclusivamente a actividades de I+D pueden beneficiarse de una deducción adicional.
Contratación a Terceros:
Las empresas que contratan la realización de I+D o IT a terceros también pueden aplicar la deducción.
Gastos en el Extranjero:
Los gastos realizados por el contribuyente en el extranjero pueden considerarse para la deducción de la cuota íntegra.
La Ley 27/2014 del 27 de noviembre establece criterios específicos para definir qué se considera Investigación y Desarrollo (I+D) y qué se considera innovación tecnológica. A continuación, te proporciono una breve descripción de ambos conceptos:
Investigación y Desarrollo (I+D):
La I+D se refiere a actividades sistemáticas y creativas que buscan aumentar el conocimiento y desarrollar nuevos productos, procesos o servicios.
Se considera I+D cuando se cumplen los siguientes criterios:
- Novedad: La actividad debe ser original y no estar previamente documentada.
- Incertidumbre científica o tecnológica: Debe existir una incertidumbre sobre los resultados antes de llevar a cabo la investigación o el desarrollo.
- Metodología científica o tecnológica: Se deben aplicar métodos científicos o tecnológicos para resolver problemas o crear nuevos conocimientos.
- Resultados tangibles: La actividad debe generar resultados tangibles, como prototipos, informes técnicos o patentes.
Innovación Tecnológica:
La innovación tecnológica se refiere a la aplicación exitosa de nuevos conocimientos o tecnologías para crear productos, servicios o procesos mejorados.
Se considera innovación tecnológica cuando se cumplen los siguientes criterios:
- Aplicación práctica: Los nuevos conocimientos o tecnologías deben aplicarse en la práctica, ya sea en productos, servicios o procesos.
- Mejora significativa: La innovación debe suponer una mejora significativa en comparación con las soluciones existentes.
- Impacto económico o social: La innovación debe tener un impacto positivo en la economía o la sociedad.
Para poder obtener estas deducciones es necesario realizar una memoria justificativa bien detallada, en el que se describa la actividad de investigación, los gastos e importes, tanto de personal como de materiales, así como otros gastos deducibles. Es decir, la justificación de las inversiones en I+D e IT requiere una documentación rigurosa que detalle los gastos, su relación con proyectos específicos y su aplicación efectiva en las actividades correspondientes.
DAMEX Ingenia como partner científico-técnico asesoramos técnicamente en colaboración con consultorías de innovación en el asesoramiento y redacción de las memorias de deducciones fiscales.